A- de 2011
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitar al Ministerio de la Protección Social informe el desarrollo e implementación de gestiones y actividades desplegadas en seguimiento de sentencia T-760/08
- Solicitar al Ministerio de la Protección Social estudio del ranking de EPS que con mayor frecuencia vulneran el derecho a la salud en seguimiento de sentencia T-76
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mediante el presente auto se realiza seguimiento a la orden 20 impartida en la sentencia T-760/08 y al Auto 317 de 2010, se solicita al Ministerio de Protección Social, para que allegue a esta corporación el ranking de EPS, y también se le solicita que informe el conjunto de gestiones y actividades desplegadas para implementar y desarrollar lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1122 de 2007.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion, SOLICITAR al Ministerio de la Proteccion Social, para que, en el termino de dos (2) dias, allegue el ultimo estudio contratado por dicha entidad en razon del ranking de EPS a que se refiere el numeral vigesimo de la sentencia T-760 de 2008, debiendo informar si este documento ha sido objeto de revision por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, asi como las observaciones que se hubieren efectuado sobre el mismo. Copia de esta informacion y del estudio requerido, debera remitirse, en el mismo termino, a la Comision de Seguimiento de la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social -CSR-.
- Segundo. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion, SOLICITAR al Ministerio de la Proteccion Social para que, en el termino de dos (2) dias, informe el conjunto de gestiones y actividades desplegadas para implementar y desarrollar lo dispuesto en el articulo 2 de la Ley 1122 de 2007 o, en su defecto, el estado en que se encuentra el acatamiento a dicho mandato legal. Copia de esta informacion debera remitirse, en el mismo termino, a la Comision de Seguimiento de la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social -CSR-.
- Tercero. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion, INFORMAR a la Comision de Seguimiento de la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social -CSR- que en ninguno de los informes allegados reposa la informacion que explicitamente se refiera al estado de cumplimiento del articulo 2deg de la Ley 1122/07, ni se cuenta con el ultimo estudio contratado por el Ministerio que de cuenta del ranking de las EPS.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.